ALTERNATIVAS LABORALES PARA EL DOCENTE DE E/LE
SOCIEDADES LABORALES
Una sociedad laboral es una empresa propiedad en su mayor parte de sus
trabajadores. Las sociedades laborales son sociedades anónimas o de responsabilidad limitada en las que la
mayoría del capital social es propiedad de los trabajadores que prestan en ellas
servicios retribuidos de forma directa y cuya relación laboral es por
tiempo indefinido. Llevan los acrónimos SAL (Sociedad Anónima Laboral) o SLL (Sociedad Limitada Laboral).
Las sociedades laborales junto con las cooperativas son el eje de la economía social.
Los requisitos que ha de cumplir una empresa, sociedad anónima o sociedad limitada, para que sea reconocida como "laboral" son:
- 1. La mayoría (al menos el 51%) del capital social debe estar en manos de los trabajadores socios fijos.
- 2. Un accionista no puede poseer más de 1/3 de las acciones, con la excepción de que el accionista sea una entidad pública o una entidad no lucrativa, en cuyo caso podrá ser superior, sin alcanzar el 50%.
- 3. Para preservar el carácter
laboralista, existe un orden de prelación en la adquisición de acciones:
-
- los trabajadores fijos no socios
- los trabajadores fijos socios
- los accionistas que no son trabajadores y resto de trabajadores no socios,
- los demás.
-
- 4. Existe un límite a la hora de contratar a trabajadores fijos.
- a) En empresas de menos de 25 trabajadores socios (no inclusive) se pueden contratar hasta un 25% sobre las horas/año trabajadas por los trabajadores socios.
- b) En empresas de 25 (inclusive) trabajadores socios o más se pueden contratar hasta el 15% sobre las horas/año trabajadas por los trabajadores socios.
- 5. En cuanto a la distribución de los beneficios, el 10% de los beneficios líquidos debe quedar en la sociedad en un Fondo Especial de Reserva .
-
-
Web creada por el grupo "Situación ELE" situacionele@gmail.com