Hacer una cooperativa en España
Características de las cooperativas de trabajo
- El número mínimo de socios será de tres.
- El capital cocial estará constituido por las aportaciones de los socios.
- El importe total de las aportaciones de cada socio no podrá exceder de un tercio del capital social.
- Los Estatutos fijarán el capital social mínimo con el que puede constituirse y funcionar la Cooperativa, que deberá estar totalmente desembolsado desde su constitución.
- Certificación negativa del nombre de la Sociedad: Es un documento en el que consta que no existe otra sociedad cooperativa con la misma denominación, lo expide el Registro de Cooperativas Y Sociedades Laborales del ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
- Escritura Pública.
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados .
- Inscripción en el Registro de Sociedades Cooperativas. Una vez realizada la inscripción en el Registro de Cooperativas, éste devolverá a la sociedad cooperativa una copia con la nota de inscripción.
Otros trámites:
Diligenciado y legalizado de los libros sociales y de contabilidad, en el Registro de Sociedades Cooperativas.
Trámites para iniciar la actividad
Fiscales
- Alta en declaración censal (modelo 036).
Recogida y presentación de impresos: Delegación Provincial de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Laborales
- Inscripción de la empresa y afiliación de los socios y trabajadores a la Seguridad Social y alta de los mismos en el Régimen que corresponda.
- Comunicar la apertura del Centro de trabajo a la autoridad laboral.
- Adquirir y sellar los libros de visitas.
Recogida y presentación de impresos: Dirección Provincial de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Otros trámites
Licencia de apertura, obras, etc., ante el Ayuntamiento correspondiente.
Realización de la Asamblea Constituyente para aprobar los Estatutos Sociales.
Web creada por el grupo "Situación ELE" situacionele@gmail.com